El transporte de mercancías es un mercado indispensable para el buen funcionamiento de la sociedad. Imagina, ¿qué sería de todos los locales comerciales, las industrias y el mercado en general si tuvieran que movilizar todos los insumos por sí mismos?
Sin embargo, así como es importante, también es un mercado delicado por todas las implicaciones que conlleva. Entre estas citamos los riesgos en la carretera al conducir un camión de gran volumen, tanto por el estado de las mercancías, como por los riesgos de aquellos que circulan en la vía.
Si estás pensando en integrarte a este mercado, seguramente tengas pensado tomar el curso del CAP para hacerte con el certificado. Pero si aún no lo tienes muy claro, te recomendamos seguir leyendo este artículo. Entre otras cosas, podrás conocer si es obligatorio el CAP para conducir un camión y por qué.
Yendo directo al grano, la respuesta sobre si es necesario el CAP para conducir un camión es un rotundo SÍ. Todas aquellas personas que se dediquen al transporte de personas y mercancías deben tener el CAP para ejercer de forma legal. De lo contrario, estarían incurriendo en una falta grave.
Antes de decir para qué sirve el CAP, conviene que antes dejemos en claro lo que es este documento.
El Certificado de Aptitud Profesional (conocido comúnmente como CAP) es un certificado que todas aquellas personas que transportan mercancías y personas deben tener para poder ejercer sus labores.
Se puede decir que es un certificado relativamente nuevo, pues anteriormente no era necesario para realizar transporte de mercancías. No fue sino hasta el año 2008 que se fijó la obligatoriedad de este certificado para que los transportistas pudieran movilizar personas. En el caso de las mercancías no aplicó hasta 2009.
Fue en el Real Decreto 1032/2007, donde se estableció que, aquellas personas que para poder realizar labores de transporte, no bastaría con tener en carnet C o D. a partir de tal fecha también sería necesario tener el CAP.
Este certificado es un aval que indica que el conductor ha realizado el curso del CAP y superado los exámenes teóricos y prácticos necesarios para ser un conductor profesional. Certifica que tiene las habilidades y capacidades para ejercer labores de transporte en todos los países de la Unión Europea, no solo en el territorio español.
Anteriormente este certificado no era necesario para conducir vehículos de carga. No obstante, desde 2009 es necesario tenerlo para poder transportar personas y mercancías.
Si te preguntas qué conductores necesitan el CAP, la respuesta es sencilla: Todos aquellos conductores que deseen conducir por vías públicas un vehículo de carga, bien sea de transporte público o privado.
Por supuesto, además del Certificado de Aptitud Profesional es necesario uno de los siguientes permisos de conducción: C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, a menos que se trate de una de las excepciones establecidas en el Real Decreto 1032/2007.
Si quieres dedicarte al transporte de personas o mercancías, necesitas sacarte el CAP para poder ejercer legalmente y sin ningún tipo de problemas. De lo contrario, estarás incurriendo en una grave infracción. Independientemente de cuál sea el tipo de camión que vayas a conducir, bien sea un camión, o un autobús, necesitarás obtener este certificado.
Cabe destacar que, a pesar de que normalmente se hace mención a un CAP de camiones de mercancía y un CAP de conductor de autobuses, en realidad es el mismo certificado para ambos. Al realizar el curso del CAP, estarás avalado para realizar tanto el transporte de mercancías como el de personas.
En principio, no. No obstante, a pesar de que hemos dicho en varias ocasiones que es obligatorio contar con el CAP para realizar labores de transporte, también hemos dicho que hay algunas excepciones. Son las siguientes:
Vehículos con una MMA menor o igual a 3.500 kg.
Vehículos utilizados por las fuerzas armadas, bomberos, protección civil y cualquier cuerpo de las fuerzas de seguridad del Estado.
Vehículos cuya velocidad máxima no sobrepase los 45 km/h.
Vehículos sometidos a pruebas en carretera con fines de mejoras técnicas o mantenimiento, así como aquellos transformados que aún no se hayan puesto en circulación.
Vehículos utilizados para transportar materiales o equipos para el uso del conductor en su profesión, siempre y cuando su actividad principal no sea la conducción.
Vehículos para el transporte privado particular de viajeros o mercancías.
Vehículos utilizados para realizar misiones de salvamento o aquellos utilizados en situaciones de emergencia.
Vehículos utilizados para la obtención del permiso de conducir (o el propio certificado CAP).
Como se establece en el Real Decreto 1032/2007, para los vehículos pertenecientes a los cuerpos del estado, bien sea de las fuerzas de seguridad o de bomberos no es necesario. Si no es el caso de estos vehículos, la posesión del CAP para conducir vehículos municipales sí es obligatoria. No tenerlo puede significar una multa personal para el conductor.
En el Real Decreto 1032/2007 está establecido que” los vehículos que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal de dicho conductor” quedan exentos de la obligatoriedad de tener el CAP para conducirlos.
El cargo de conductor puede ser ocupado por una persona que posea un carnet de conducir de clase C + E. Dentro de sus obligaciones no está la de tener conocimientos mecánicos. Sin ambargo, si se le ordena, puede dirigir el acondicionamiento de la carga y descarga de la mercancía.
Es quien se hace responsable por el estado del vehículo y la mercancía transportada. Debe llevar todos los documentos pertinentes que le permitan llevar la mercancía. De igual forma, debe encargarse de la conservación y acondicionamiento del vehículo y la mercancía.
Está obligado a entoldar, atar, desatar y desentoldar el vehículo, o participar en estas tareas si no puede hacerlo por sí solo.
Debe notificar al responsable del taller si se llegase a percatarse de algún fallo en el vehículo. También debe cumplir con los itinerarios fijados u optar por los mejores itinerarios si no están fijados.
Para finalizar el servicio, cumplirá con los trámites administrativos, tanto en oficinas públicas, como privadas, para la comprobación y realización del transporte.